los servicios públicos.
Los servicios públicos, por estar destinados a la satisfacción de necesidades de carácter general, vienen a ser actividades también muy importantes, las que, tratándose de servicios públicos propiamente dichos, están atribuidas a la administración pública, quien las puede realizar directamente, o de manera indirecta por medio de particulares, bajo un régimen jurídico especial exorbitante del derecho privado.
A raíz de la reforma de 1999, en su fracción III, el artículo 115 constitucional nos da un listado de funciones y servicios públicos, a cargo de los municipios, mas no precisa unas y otros, y para mayor confusión, incluye obras públicas, al establecer:
III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
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a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d) Mercados y centrales de abasto;
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento.
h) Seguridad pública en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito.
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e) Los demás que las legislaturas determinen según las condiciones territoriales y socio económicas de los municipios,
así como su capacidad
administrativa y financiera.
cuadro sinóptico de los servicios públicos.
laboro:
Verónica Rivera Mota
CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Se pueden distinguir básicamente tres y son:
La Necesidad.
La Entidad.
La Sociabilidad.
La Necesidad: es la decisión por parte del Estado de declarar servicio público a determinada actividad que se traduce en una exigencia de tipo colectivo por la compleja organización del individuo en sociedad, y su esencia es que no se debe prestar a lucro.
La Entidad: el servicio público se prestará a través de un organismo ya sea centralizado, descentralizado o concesionado y que en todo momento estará sujeto a leyes que cuiden la correcta satisfacción del servicio y no se desvíe la esencia y filosofía en el interés colectivo; la entidad deberá contar con los medios económicos adecuados que garanticen la prestación en forma regular y eficiente.
La Sociabilidad: la idea de no lucro y bienestar social debe imperar, así como el servicio público debe ser impersonal y general hacia la población que lo requiera, sin importar clase social, religión, sexo, ideas políticas.
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